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31 de julio de 2024

Perú modifica su Ley del Teletrabajo

El Gobierno peruano ha promulgado la Ley 32102, que modifica varios artículos de la Ley 31572, Ley del Teletrabajo. Publicada en el Diario Oficial El Peruano el 22 de julio de 2024, la norma introduce cambios en los artículos 6, 11, 12, 21 y 23 del texto original.

Principales modificaciones:

  • Interrupciones de servicios: el tiempo no trabajado debido a interrupciones en el suministro eléctrico o falta de internet, debidamente comprobadas, no será descontado del salario del teletrabajador ni se exigirá su recuperación posterior.

  • Evaluación de riesgos: cuando el teletrabajador cambie su lugar habitual de trabajo, el empleador deberá evaluar los riesgos ocupacionales del nuevo lugar. Esta evaluación no puede realizarse unilateralmente mediante autoevaluación.

  • Pausas activas: se establece la obligación del empleador de implementar pausas activas durante la jornada laboral como medida de seguridad y salud en el trabajo.

  • Confidencialidad: el empleador y el teletrabajador deben acordar condiciones para el retiro de documentación confidencial de las instalaciones de la empresa, especificando las responsabilidades del trabajador.

  • Restricciones de movilidad: durante la jornada laboral, se prohíbe al teletrabajador abandonar su lugar habitual de trabajo y realizar actividades personales. Estas actividades deben ser justificadas, de lo contrario, el teletrabajador puede enfrentar sanciones, incluyendo la reversión de la modalidad de teletrabajo.

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