Novedades y modificaciones que introduce la Ley Orgánica del año 2025 de medidas en materia de eficiencia del servicio público de justicia
El pasado 3 de enero se publicaba en el BOE la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia ("LO 1/2025") –que fue finalmente aprobada por el pleno del Congreso el pasado 19 de diciembre de 2024 y cuyo texto completo puede consultarse en el siguiente enlace– que viene a introducir en este nuevo año 2025 importantes novedades en el ámbito procesal, tanto civil como penal, así como en otros ámbitos legislativos (como es el caso de la significativa reforma del artículo séptimo de la Ley de Propiedad Horizontal atinente a la utilización de viviendas para fines turísticos), de gran calado que prometen causar un relevante impacto en la organización de la planta judicial y en la tramitación de los procedimientos civiles y penales.
Novedades éstas que, en su mayoría, venían anunciándose en proyectos legislativos previos pertenecientes al Plan Justicia 2030, y que finalmente han sido incorporadas a nuestros textos legales como parte del paquete de medidas de eficiencia procesal y digital promovido por el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes con el objetivo último de reducir la litigiosidad, agilizar la tramitación de los procedimientos judiciales y dotar de mecanismos que garanticen la accesibilidad a la justicia, de modo que se logre una respuesta judicial al ciudadano más eficiente. La LO 1/2025 sigue la estela de otras normas de reciente aprobación que la preceden en idéntica línea, como son el Real-Decreto ley 5/2023, mediante el que, entre otras cuestiones, se reformó la tramitación del recurso de casación civil suprimiéndose el recurso extraordinario por infracción procesal; y el Real-Decreto ley 6/2023, que también incorporó importantes novedades en el ámbito procesal civil atinentes, entre otras, a la tramitación de los recursos de apelación, el emplazamiento electrónico, la celebración telemática de actos judiciales o la incorporación de la figura del pleito testigo.
Sin perjuicio de que gran parte de las medidas incorporadas por la LO 1/2025 no entrarán en vigor hasta abril de este año –como más adelante se detallará–, destacamos a continuación las principales novedades, su contenido y previsible alcance, tanto en el ámbito civil, como penal.
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