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16 de junio de 2022

Alerta Legal Tributaria Obligación de informar los activos relevantes del empresario individual

El 16 de mayo de 2022 entró en vigencia la Resolución Exenta N°27, emitida por el Servicio de Impuestos Internos (“SII”), que instruye sobre la obligación de informar los activos relevantes del empresario individual (“EI”) de acuerdo con lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 68 del Código Tributario (“CT”).

La Resolución indica que:

  1. Al realizar su declaración de inicio de actividades, deberán realizar la siguiente declaración según el monto del capital total registrado:
    Capital Total Registrado:Deben declarar en el formulario de inicio de actividades:
    Igual o superior a UF1.000todos los activos que conformar dicho capital y que se encuentran incorporados en la empresa individual
    Inferior a UF1.000únicamente los activos relevantes, como inmuebles, acciones, derechos sociales, y en general todo activo que individual o agrupado ascienda a un 30% del capital declarado.
  2. Al efectuar modificaciones de capital, deberá actualizar los activos relevantes en la declaración de modificación de capital.

    Los que hayan realizado el inicio de actividades con anterioridad a la fecha de vigencia de esta resolución, de igual manera deberán informar, dentro de los dos meses posteriores al inicio de actividades, estos activos de acuerdo con lo señalado en la parte final del artículo 68 inciso cuarto del CT.

    El incumplimiento de la obligación regulada en la resolución en comento se sancionará con una multa entre 1 UTM a 1 UTA.

    Para realizar este proceso, deberán ingresar al sitio web del SII, en Mi SII – Trámites en Línea – Actualización de Información – Declarar Activos (Empresario Individual).